aramaio eta uribarriren arteko ituna - acuerdo entre aramaio y ullibarri


Goiko dokumentua Uribarriko artxiboan dago. Deigarria da bere itxurarengatik, aurreko zigilu polita dela eta. Kontuan badugu 1551koa dela are txundigarriagoa egiten zaigu, dokumentuaren kalitatearengatik.

Uribarri eta Aramaiok elkarren ondoko mugak dituzte eta bateko zein besteko ganaduek mugak haustean egiten zituzten kalteak ekiditearren eta neurriak jartzearren egin zen dokumentua. Honela zioen Aramaion erredaktatuko idazkia:

“En el lugar de Ibarra de Aramayona a seis de Enero de mil quinientos cincuenta y un años, reunido en junta general el Concejo y vecinos del Valle de Aramayona, el dicho Concejo dijo que por cuanto en diversas veces se habían juntado los oficiales del lugar de Ullibarri Gamboa, concejo de él, tenían platicado para dar la orden que se había de tener en el pacer de los ganados. A las penas, calumnias y posturas que se habían llevar de los ganados…”

Itunera iristeko Uribarriko kontzejuak ere bilera egin behar izan zuen bere ordezkariari boterea emateko. Honela dio idazkiak:

Sepan cuantos esta carta de poder especial vieren, cómo nos el concejo y vecinos del lugar de Ullibarri Gamboa, estando juntos en nuestro Concejo, ayuntamiento a campana tañida según que lo tenemos de uso y de costumbre de nos ayuntar a los semejantes casos, y especialmente estando juntos en el dicho ayuntamiento Johan de Martinez de Vicinay y Pedro de Landa y Johan de Miranda vecinos del dicho Concejo…”

Uribarriko Kontzejuak Johan  Martinez de Vicinayri eman zion boterea, 1549ko abenduaren 20an.

El documento que presento se encuentra en el archivo de Ullibarri. Llama la atención por su diseño, por su elegante sello de cabecera. Si consideramos que el documento es de 1551, nos sorprende aún más, por su calidad.

Uribarri y Aramaio tienen límites comunes y el documento se firmó por ambos pueblos para evitar los daños causados ​​por el paso del ganado de cualquiera de ellos al otro lado, y en su caso para tomar medidas. Así dice el texto del documento redactado en Aramaio:

“En el lugar de Ibarra de Aramayona a seis de Enero de mil quinientos cincuenta y un años, reunido en junta general el concejo y vecinos del Valle de Aramayona, el dicho Concejo dijo que por cuanto en diversas veces se habían juntado los oficiales del lugar de Ullibarri Gamboa, concejo de él, tenían platicado para dar la orden que se había de tener en el pacer de los ganados. A las penas, calumnias y posturas que se habían llevar de los ganados…”

Para poder representar a Ullibarri en la firma del acuerdo, su Concejo tuvo que celebrar su propia reunión. El texto redactado en Ullibarri dice:

"Sepan cuantos esta carta de poder especial vieren, cómo nos el concejo y vecinos del lugar de Ullibarri Gamboa, estando juntos en nuestro Concejo, ayuntamiento a campana tañida según que lo tenemos de uso y de costumbre de nos ayuntar a los semejantes casos, y especialmente estando juntos en el dicho ayuntamiento Johan de Martinez de Vicinay y Pedro de Landa y Johan de Miranda vecinos del dicho Concejo…”

El Concejo dio poder de representación a Johan Martinez de Vicinay, el 20 de diciembre de 1549.



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