ganadua auzigai - el ganado motivo de disputa


Uribarri eta Landaren arteko auziak kontaezinak ditugu mendeetan zehar. Elkarren ondoko mugek buruhauste handiak ekarri dizkiete bertakoei, eta ganadua izan da gehien bat eztabaidagai nagusia. Hona hemen kasu horietako bat, 1646an eman zena. Irakur dezagun, epaiketaren erabakia, Uribarriko artxiboan gordetzen dena:

Son innumerables las disputas entre Ullíbarri y Landa a lo largo de los siglos. Tener límites tan extensos entre ellas ha causado grandes dolores de cabeza a los lugareños y uno de los principales temas de discusión ha sido el ganado. He aquí uno de esos casos, ocurrido en 1646. Leamos la decisión del juicio, documento que se conserva en el archivo de Ullíbarri:

“Joseph de Luco, alcalde y juez ordinario de estas Hermandades en Alava de la Excma. Señora Duquesa del Infantado, por cuanto habiendo parecido ante mí Lorenzo Ruiz de Azua, vecino y regidor del lugar de Ullíbarri Gamboa, por sí y en nombre del Concejo y vecinos del dicho lugat,

Me ha hecho relación que, sin embargo del requerimiento extrajudicial hecho al Concejo y vecinos del lugar de Landa y a otros particulares a fin de que den la custodia necesaria al ganado de dicho lugar, sin permitir pase de sus límites a los del dicho Ullíbarri Gamboa, especialmente a los sembrados, por los considerables daños que se experimentan, no se ha reconocido la menor enmienda;

antes bien, haciendo desprecio de tan justo requerimiento, se ha experimentado el hallar de noche por los términos y sembradíos diferentes vacas, novillos y bueyes de dicho lugar de Landa, haciendo crecidos daños en las mieses, único asilo de la manutención de los labradores y demás personas, y que aunque han intentado prender dichas vacas y novillos, por su aspereza y malvezo no lo han podido conseguir por haber echado a huir; si bien las conocieron cuáles y cuyas eran.

Y aunque los dueños de algunos bueyes que se prendieron están prontos a la paga de la pena que se les impuso o impusiere, se niegan a ello los dueños de las dichas vacas y novillos sin tomar la prudencia que debieran en retirar dicho ganado de los términos sembradíos, poniendoles piezgas, trangas, o no siendo esto bastante encerrándolas de noche en casa…”

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Uribarritarren eskariari erantzuna emanez, Luco jaunak ganadu-buru bakoitzeko bostehun marabeditako isuna agindu zuen. Baina gehitzen zuen:

Respondiendo al requerimiento del pueblo de Ullíbarri, el juez Luco ordenó una multa de quinientos maravedis por cabeza de ganado que a partir de entonces fuera apresada. Pero añadió:

Con apercibimiento que no reconociéndose enmienda o custodia en dicho ganado y que continuaran en dichos daños, se dará la orden correspondiente a fin de que sean cogidas con perros o muertas a escopetazo, por ser cosa más necesaria la preservación de las mieses que la de las vacas y novillos monteses y mal vezados”

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Agindua Arangizen eman zen, 1646ko uztailaren 6an.

La orden se dio en Aranguiz, el 6 de julio de 1646


Argazkia: Gerardo Lopez de Gereñu (ATHA-GUE-CD-01937)

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